TRANSPARENCIA

LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE TAMAULIPAS
TÍTULO II
 DE LA INFORMACIÓN
CAPÍTULO PRIMERO DE LA INFORMACIÓN DE OFICIO
ARTÍCULO 16
1. Es obligación de los sujetos de esta ley poner a disposición del público, difundir y actualizar de oficio la siguiente información:
b) En el Poder Ejecutivo.
 
I)  Estructura Orgánica, atribuciones de las dependencias y entidades por unidad administrativa y servicios que prestan:
II) Reglamentos, decretos administrativos, manuales de organización y procedimientos, así como toda normatividad vigente de carácter administrativo:
IV) Directorio oficial de los servicios públicos de las dependencias y entidades, a partir del nivel de jefe de departamento o sus equivalentes y hasta sus titulares:
VI) Lista general del personal que labora, incluyendo la naturaleza de su relación de trabajo o contratación y en su caso, puesto, nivel, adscripción y rango de sueldo:
 Lista de Personal (Relación de trabajo).
 Lista de Personal (Rango de sueldos).
VII) Lista general de jubilados y pensionados, incluyendo el monto de las pensiones que perciban:
 Lista general de jubilados.
IX) Presupuesto autorizado y avance de su ejercicio por trimestre:
X) Estado de ingreso y egresos:
XIV) Relación de vehículos oficiales e identificación de los mismos:
XVI) Informe anual de actividades del Ejecutivo, así como de las dependencias y entidades:
 Informe anual de actividades.
* Última actualización: 20 de febrero de 2012